martes, 26 de abril de 2011

M&n&ster&o del Amb&ente

LEY DE CREACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE

Creación del Ministerio del Ambiente

La finalidad de cumplir con los mandatos constitucionales de determinar la Política Nacional del Ambiente; promover el uso sostenible de los recursos naturales; conservar la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas, con el fin de garantizar el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para la vida.
Es el órgano rector del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, y comprende a los Organismos Públicos, Programas, Proyectos y Comisiones, y cualquier otra entidad relacionada.
Cuenta con autonomía funcional, económica, financiera,
administrativa y técnica, constituyendo un pliego presupuestal. Su sede está en la
ciudad de Lima.
Ámbito del Ministerio del Ambiente
Comprende las acciones técnico-normativas de alcance nacional en materia de regulación ambiental, entendiéndose como tal, al establecimiento de la política, normativa específica, la fiscalización, el control, y la imposición de sanciones por el incumplimiento de la normativa ambiental a su cargo.

Objetivos
Es de propiciar el equilibrio entre el desarrollo socio económico, el uso sostenible y responsable de los recursos naturales y la protección del ambiente, a fin de contribuir al desarrollo integral de la persona humana y garantizar a las personas y futuras generaciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y
adecuado al desarrollo de la vida.
Tiene por objeto diseñar, establecer, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional del ambiente.
  •  Son objetivos específicos
a) Implementar el mandato constitucional referido al uso sostenible de los recursos naturales; la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas; y el desarrollo sostenible de la Amazonía.
b) Prevenir la degradación del ambiente y de los recursos naturales, y revertir los procesos negativos que les afecten.
c) Garantizar la participación ciudadana en los procesos de toma de decisiones para el desarrollo sostenible.
d) Contribuir a la competitividad del país a través de un desempeño ambiental eficiente.
e) Incorporar los principios de desarrollo sostenible en las políticas y programas nacionales.

 
Misión
La misión del Ministerio del Ambiente (MINAM) es conservar la calidad del ambiente y asegurar a las generaciones presentes y futuras el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida. Con este fin propicia y asegura el uso sostenible, responsable, racional y ético de los recursos naturales y del medio que los sustenta, y contribuye al desarrollo integral social, económico y cultural de la persona humana, en permanente armonía con su entorno.

Visión
El patrimonio natural se usa y conserva de manera sostenible, para contribuir al desarrollo integral de la nación, y se mantiene una calidad ambiental que protege la salud de las personas y los ecosistemas. El MINAM dirige la gestión ambiental nacional con efectividad y eficiencia, utilizando procedimientos transparentes y participativos, y tiene reconocimiento de la sociedad por su capacidad técnica y científica, y su sensibilidad social.

Funciones  Generales
a) Formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la Política Nacional del Ambiente aplicable a todos los niveles de gobierno.
b) Aprobar las disposiciones normativas de su competencia.
c) Garantizar el cumplimiento de las normas ambientales, ejerciendo la potestad fiscalizadora, supervisora, controladora y sancionadora que le corresponda, así como dirigir el Régimen Común de Fiscalización y Control Ambiental, y el Régimen de Incentivos
previstos en la Ley General del Ambiente, Ley No. 28611.
d) Coordinar la defensa judicial de las entidades de su sector.
e) Realizar el seguimiento respecto al desempeño y logros de gestión ambiental alcanzados a nivel nacional, regional y local, y tomar las medidas correspondientes; asimismo, apoyar a los Gobiernos Regionales y Locales en el diseño y aplicación de las políticas ambientales relacionadas con el ámbito de sus competencias.
f) Promover y suscribir convenios de colaboración interinstitucional a nivel nacional e internacional, de acuerdo a Ley.


Funciones Exclusivas 

a) Ejecutar, en lo que le corresponda, y supervisar la implementación de la Política Nacional del Ambiente.
b) Otorgar y reconocer derechos a través de autorizaciones, permisos, licencias y concesiones, de acuerdo con las normas ambientales, cuya competencia no haya sido asignada a otros Sectores, Gobiernos Regionales o Locales.
c) Formular, aprobar, ejecutar, coordinar, supervisar y evaluar el Plan y la Agenda Nacional de Acción Ambiental.
d) Dictar la normatividad necesaria para la operatividad del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y el adecuado funcionamiento de los instrumentos de gestión ambiental.
e) Desempeñar funciones de ejecución coactiva.
f) Resolver los recursos impugnativos interpuestos contra las resoluciones o actos administrativos relacionados con sus competencias.
g) Formular y aprobar planes, programas y proyectos de su sector.
h) Establecer la política, criterios, herramientas y procedimientos de carácter general para el
Ordenamiento Territorial Ambiental.
i) Dirigir el proceso de elaboración y revisión de los Estándares de Calidad Ambiental
(ECA) y Límites Máximos Permisibles (LMP); así como elaborarlos de acuerdo con el Plan
de ECAs y LMPs respectivo, y aprobarlos mediante Decreto Supremo.
j) Dirigir el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y aprobar los Estudios
Ambientales Estratégicos y aquellos Estudios de Impacto Ambiental de proyectos de
inversión de gran envergadura o que puedan afectar sensiblemente al ambiente, de acuerdo
a los criterios de protección ambiental, contenidos en la Ley No. 27446, que se establezcan
en el Reglamento de la presente Ley.
k) Dirigir el Sistema Nacional de Información Ambiental, desarrollando y consolidando la información generada y proporcionada por todo el sector público y el privado.
l) Establecer los criterios y procedimientos para la formulación, coordinación y ejecución de los planes de descontaminación y recuperación de ambientes degradados.
m) Proponer, supervisar y evaluar la política sobre Áreas Naturales Protegidas, y aprobar el Plan Director del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE.
n) Emitir opinión técnica previa vinculante en aquellos proyectos de inversión que puedan afectar áreas naturales protegidas de administración nacional y su Zona de
Amortiguamiento.
ñ) Presidir las Comisiones Nacionales relacionadas con la implementación y cumplimiento
de los Acuerdos ambientales internacionales.
o) Supervisar y sancionar el adecuado cumplimiento de las responsabilidades de los diferentes niveles de gobierno en cuanto a la gestión de todo tipo de residuos sólidos, al control y reuso de los efluentes líquidos, y de la contaminación del aire.





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